viernes, 12 de junio de 2015

ACUERDO 696

                                   
                                                                          ACUERDO 696

                                                                         


Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo son aplicables a todas las instituciones educativas públicas y particulares con autorización, de los ámbitos federal, estatal y municipal

Se establece el Reporte de Evaluación como el documento que avala oficialmente la acreditación parcial o total de cada grado y nivel de la educación básica. (Art. 5) El Reporte de Evaluación deberá incluir la información referida en el propio Acuerdo 696. (Art. 6). Adicionalmente, aquella información complementaria establecida en las Normas de Control Escolar 2013-2014.

El registro de información en el Reporte de Evaluación para comunicar a los padres de familia o tutores sobre los resultados de la evaluación y apoyos que requieren sus hijos o pupilos.
a)En los grados de 3o. de primaria a 3o. de secundaria se aplicará un examen final que servirá para calificar el quinto bimestre.

b) El examen final podrá ser elaborado por el Consejo Técnico Escolar, por el Consejo Técnico de Zona o por la autoridad educativa local y se hará con preguntas abiertas que muestren los aprendizajes más relevantes de los alumnos.

c) La calificación del examen final, el promedio de grado y, en su caso, el promedio de nivel educativo, serán entregados por los docentes a la Dirección de la escuela y comunicados a los padres de familia o tutores, a más tardar el último día del ciclo escolar. (Art. 9).

Promedio Final de Asignatura
Promedio Final de Grado Escolar
Promedio final de nivel educativo
Acreditación de Asignatura

A partir del segundo bimestre de la educación primaria y secundaria, el docente deberá registrar en el Reporte de Evaluación, si existen riesgos de que el alumno no alcance los aprendizajes previstos en el ciclo escolar o de que no sea promovido al siguiente grado o nivel educativo.
A partir del tercer bimestre, el alumno que presente evaluaciones bimestrales no acreditadas de una o más asignaturas del grado, podrá dedicar más tiempo durante su estancia en la escuela, al estudio de dichas asignaturas,

Para gozar de los beneficios de este artículo, el alumno, los padres de familia o tutores, deberán suscribir los compromisos que el Consejo Técnico, director de la escuela o los docentes establezcan, a fin de asegurar que su comportamiento y dedicación a su recuperación académica, sean los adecuados.

El examen o exámenes de recuperación serán elaborados por el docente de la asignatura y contendrán los aprendizajes relevantes del bimestre o bimestres objeto de examen.
El examen o exámenes de recuperación, deberán ser aplicados en el momento que el alumno, el docente y, en su caso, el tutor académico, lo consideren conveniente, siempre que ello sea antes de la evaluación del quinto bimestre o examen final
Si el resultado obtenido en el examen o exámenes de recuperación es aprobatorio, será éste el que deberá reportarse como calificación en el bimestre o bimestres correspondientes que no fueron acreditados, cancelándose la calificación originalmente obtenida.
Para que un alumno pueda dedicar durante la jornada escolar mayor tiempo de estudio a los contenidos bimestrales de las asignaturas no acreditadas, podrá dejar de asistir, temporalmente, y en tanto se regulariza académicamente, a las clases en las que su desempeño académico sea favorable.
La inasistencia temporal a clases de una o más asignaturas, no exime al alumno de presentar las evaluaciones bimestrales correspondientes.
Los docentes deberán en el Reporte de Evaluación o por otro medio de comunicación que tengan con los padres de familia o tutores, buscar que los mismos se involucren en los apoyos que requieran sus hijos o pupilos para recuperar su situación académica.
El tutor académico, el docente y, en su caso, las demás autoridades de la escuela, deberán coordinarse para acordar las acciones necesarias a fin de asegurar la equidad y eficiencia de los procesos asociados a la presentación de los exámenes de recuperación. (Art. 13
El Reporte de Evaluación incluirá recomendaciones sobre el apoyo que padres de familia o tutores y docentes deberán proporcionar a los alumnos que, en términos del artículo anterior, sean promovidos de grado sin haber acreditado el total de asignaturas del grado previo, o para los no promovidos que deban cursar nuevamente un grado escolar. (Art. 17)

Al concluir los estudios de educación primaria y secundaria, de conformidad con los requisitos establecidos en el plan y los programas de estudio, la autoridad educativa competente expedirá el Certificado de Educación Primaria y Secundaria. En los procesos de inscripción, reinscripción, acreditación, promoción, regularización y certificación se aplicarán las disposiciones establecidas en las normas de control escolar que emita, para cada ciclo escolar, la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, unidad administrativa que será responsable de atender los casos de interpretación, duda o no previstos en el presente Acuerdo. (Art. 21) Secundaria, según corresponda. (Arts. 19 y 20).  



jueves, 11 de junio de 2015

¿Aprobación o Reprobación? Damián Canales Sánchez


Damián Canales Sánchez

IMPACTO DE LA REPROBACIÓN EN PRIMARIA        
Y SECUNDARIA SOBRE LA EVALUACIÓN PISA

Algunos de los problemas identificados, y más constantes, al hacer diagnósticos del sistema educativo nacional se refieren a la deserción y reprobación. Diversas investigaciones han tratado de esclarecer la naturaleza e impacto de dichos problemas sobre la educación básica.
No hay indicios que determinen que la reprobación es más benéfica que la aprobación, para los alumnos que tienen serias dificultades académicas. Por consiguiente, aquellos educadores que hacen repetir un grado a sus alumnos lo hacen sin evidencias válidas de que esta medida traerá más beneficios, que promoverlos al grado siguiente (Jackson, 1975).
Es verdad que los maestros consideran normal cierta tasa de fracaso, sucede lo mismo con los padres de familia. Para unos y otros la repetición es una práctica educativa eficaz y, sobre todo, legítima. En otras investigaciones se ha mostrado que repetir un grado es el primer paso para terminar en la deserción. El repetidor, lejos de beneficiarse con la posibilidad de volver a cursar cierto grado, además del deterioro de su propia autoestima, es etiquetado como no apto para el aprendizaje por sus maestros, sus compañeros y sus padres. Algunos de los factores que se han encontrado como causas de la reprobación son: el nivel socioeconómico de los padres; la desnutrición de los niños; y la flexibilidad en los horarios de entrada a las escuelas (Muñoz Izquierdo, 1979). En cuanto al desempeño de los estudiantes se sabe que la distancia entre los
alumnos más aventajados y los más atrasados de un grupo cualquiera, es de varios grados.

                                                                                                                                                                         

¿Aprobación o Reprobación? Víctor M. Ponce Grima


Víctor M. Ponce Grima




Fracaso y Reprobación, una Comprensión Integral


El significado inmediato de la reprobación consiste, en no aprobar un determinado grado o nivel. En el sistema de educación básica significa haber obtenido una calificación por debajo del seis. Quiere decir que la reprobación se manifiesta en la calificación, es entonces una representación numérica en la que se aparenta el logro real de las competencias alcanzadas por un estudiante. Acreditar no significa necesariamente aprender y reprobar no siempre es igual a no aprender. Algunas investigaciones informan que influyen tantos factores que no es del todo seguro establecer parámetros de comparación entre reprobación, competencias o aprendizajes. Por ejemplo, Sandoval (1997) señala que las calificaciones en la escuela secundaria tienen diversos significados para profesores y alumnos. Para los maestros significa la posibilidad de mantener la disciplina y el control del grupo, aunque es también a través de éstas que obligan a los alumnos al cumplimiento de las actividades de clase. Una reforma integral demanda una mayor participación de los padres de familia en la evaluación y seguimiento de los procesos escolares y de sus hijos.